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jueves, 15 de abril de 2010

Biodiversidad. Legislación Argentina CF Nº 151

CIENCIA FÁCIL N º 151

Autora: María Cristina Chaler.2010 Año de la Biodiversidad
Legislación en Argentina
¿Qué pasa en nuestro país sobre este tema?

La Argentina es signataria del Convenio sobre Diversidad Biológica, adoptado y abierto a la firma en Río de Janeiro (REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL) el 5 de junio de 1992, que consta de CUARENTA Y DOS (42) artículos y DOS (2) Anexos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley. Habiendo ratificado el mismo por Ley 24.375 publicada en el boletín oficial - 06/10/1994.
El mundo entero se encuentra en alerta por este problema que se propaga como otros de los males que inciden sobre nuestro planeta, pero si bien son muchas las conferencias internacionales y los países signatarios de los convenios, el mal sigue adelante porque son muy duros de vencer los intereses económicos que se entrelazan con este tipo de problemas.
El máximo organismo del convenio internacional es el COP (conferencia de partes) que supervisa la marcha de la implementación de los convenios tras los informes elaborados por los diferentes países signatarios.
Informe de la Argentina:
Se enviaban al COP anualmente y por las últimas resoluciones a partir de 1998 se envían cada dos años
Constan de dos capítulos donde se expone:
· Situación geográfica
· Forma de Gobierno
· Se describen Eco regiones y actividades económicas predominantes en cada una de ellas
· Situación social
· Situación educativa
· Avances científicos y tecnológicos
· Acciones de la Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable en cuanto al esfuerzo de aplicación y compromiso con el Convenio.
· Acciones sobre áreas protegidas; restauración y rehabilitación de ecosistemas degradados; especies amenazadas; organismos genéticamente modificados y especies exóticas.
La Legalidad
La Ley 24375 sancionada el 7 de setiembre de 1994 aprueba el Convenio Internacional sobre Diversidad biológica.
Decretos
Sería bueno observar que se designa por decreto la autoridad de aplicación de la Ley pasados 3 (tres) años de la aprobación del convenio
Decreto 1347
En 1997 del Poder ejecutivo nacional designa la Autoridad de para la aplicación de la Ley sobre biodiversidad.
Resoluciones de la secretaría de ambiente y Desarrollo sustentable (S.A. y D.S.)
Observemos que:
Pasados 9 (nueve) años de la aprobación de la Ley y 6 (seis) años de la creación de la Autoridad para la aplicación de la Ley en el 2003 se firman las siguientes resoluciones
· 381 del año 2003 modificaciones a los apéndices de la convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestre.
· 260 del año 2003 apruébese el texto ordenado del reglamento de la comisión nacional asesora para la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica.
· 91 del año 2003 estrategia nacional sobre diversidad biológica. su adopción
Analizando la legalidad, podemos inferir que los tiempos han sido enormemente lentos por lo tanto se puede sacar como conclusión que las aplicaciones también gozarán de la misma lentitud.
Nuestro país por su superficie y longitud goza de una amplia biodiversidad de modo que sería bueno poner en marcha programas para su conservación, con celeridad y seriedad.
La BIODIVERSIDAD MUNDIAL está en crisis, es necesario educar al respecto y generar políticas para la aplicación de programas serios y comprometidos con el medio ambiente y la diversidad biológica que este contiene.
MÁS QUE HABLAR DEBEMOS ACTUAR.

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Licenciada Profesora María Cristina Chaler



























































































































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Autora: María Cristina Chaler

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